• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 4873/2022
  • Fecha: 18/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la condena por un delito de violación. Defectos de la grabación del juicio oral. No ofrece duda que la ausencia de grabación o una grabación defectuosa que impida acceder al contenido de lo grabado dificultan la interposición de recursos y pueden lesionar el derecho a la tutela judicial efectiva. Acuerdo de 24 de mayo de 2017. Cuando la documentación relativa al juicio oral sea imprescindible para la resolución del recurso, su ausencia en relación con los aspectos controvertidos, que genere indefensión material, determinará la nulidad del juicio oral o, en su caso, la absolución. El principio que ha de regir en esta materia es el de la conservación del proceso, siendo la nulidad de actuaciones un remedio excepcional que solo debe ponerse en marcha cuando se haya producido una efectiva indefensión material que debe estar debidamente justificada y haber sido denunciada tempestivamente. Presunción de inocencia. En el recurso de apelación debe debe analizarse la suficiencia de la prueba practicada y tenida en cuenta por el Tribunal de enjuiciamiento, mientras que en la casación se examina la legalidad y constitucionalidad de la prueba practicada, así como la razonabilidad de la prueba valorada por el Tribunal de apelación. LO 10/2022. Tipo atenuado del artículo 178.3 del Código Penal. No puede aplicarse porque los hechos se cometieron con violencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: IGNACIO DE RAMON FORS
  • Nº Recurso: 268/2024
  • Fecha: 18/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado apela la sentencia solicitando su absolución, que se anule el juicio o que se practique prueba en segunda instancia. Afirma que no tenía conocimiento de haber perdido todos los puntos del carné, ya que no recibió la comunicación de la DGT. La Audiencia estima el recurso. Las pruebas solicitadas eran pertinentes, pues contribuirían a comprobar si se produjo la notificación. Pero no es posible practicarlas en segunda instancia, ya que realmente son diligencias de instrucción, y practicarlas ahora exigiría realizar una especie de instrucción, pues tras recibir de la oficina de Correos la información requerida habría que citar al empleado que elaboró el documento, y no es descartable que haya que realizar otras diligencias que desbordan claramente lo que puede ser la prueba en la azada. La denegación de las diligencias en la instrucción fue incorrecta, pues estaban encaminadas a conocer y acreditar hechos relevantes art. 777.1 LECrim; se debió transformar las diligencias urgentes en diligencias previas art. 798.1-2º LECrim. También fue incorrecta la decisión del Juzgado de lo Penal al limitarse a denegar la prueba, en vez de declarar la nulidad de lo actuado y retrotraer las actuaciones a la fase de instrucción. Al margen de la indefensión ocasionada al apelante, lo cierto es que ante su negación de haber recibido la notificación el documento obrante en autos es insuficiente, pues no permite tener la certeza, más allá de toda duda razonable de que se le entregó.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 20771/2023
  • Fecha: 18/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima la nulidad de condena por delito de violación en grado de tentativa, al resultar acreditado que en el momento de los hechos, el recurrente estaba en prisión.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA COVADONGA VAZQUEZ LLORENS
  • Nº Recurso: 1287/2024
  • Fecha: 17/12/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se apela el Auto que fija el importe de la responsabilidad civil que debe abonar el condenado , interesando la nulidad de actuaciones por vulneración de lo dispuesto en los arts. 794 LECrim y 712 a 716 de la LEC, por cuanto tras dársele traslado formuló alegaciones proponiendo prueba pericial, a los efectos de valorar los daños causados, escrito que no fue tenido en cuenta por la Magistrado de instancia, quien deniega la práctica de la pericial. Solicita la nulidad, a fin de que antes de dictar el Auto se practique la pericial judicial solicitada, prueba que estima del todo pertinente para la determinación de la cuantía. La Audiencia estima el recurso. Al recurrente debe dársele la oportunidad de intervenir en la fijación del importe de la responsabilidad establecida a su cargo, tras la apertura del incidente de determinación previsto en el art. 794.1 LECrim. En este caso la tramitación no resultó suficientemente garantista de los derechos e intereses el apelante, pues interesó la práctica, a tales efectos, de prueba pericial pretensión que fue desestimada por el Juzgado, quien sin más trámite procedió a dictar el Auto hoy impugnado incumpliendo lo dispuesto en el art. 794.1ª de la LECrim,. no admitiendo la prueba pericial de forma inmotivada, por cuanto solo procede la denegación cuando no se refiera a las bases fijadas en la sentencia, lo que es evidente le ocasionó indefensión, al impedirle y limitarle de forma inmotivada e injustificada su derecho de defensa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA CRISTINA TORRES FAJARNES
  • Nº Recurso: 250/2023
  • Fecha: 17/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que absuelve de los acusados del delito contra la Hacienda Pública que se les atribuye. Recurso de apelación contra sentencias absolutorias. Nulidad declarada respecto de los hallazgos encontrados con ocasión de una entrada y registro e intervenciones telefónicas obtenidas a partir de auto judicial carente de una mínima motivación justificativa de la injerencia en los derechos constitucionales afectados. Denuncia por irracionalidad en la valoración de las pruebas. Declaración de los acusados prestadas durante la instrucción de la causa y que en el acto del juicio oral se acogen a su derecho a no declarar. No pueden ser valoradas las declaraciones sumariales al no haber solicitado las acusaciones que se diera lectura a lo manifestado durante la instrucción. El silencio de los acusados y su virtualidad probatoria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 11437/2023
  • Fecha: 12/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El incidente probatorio del artículo 714 LECrim solo puede activarse si la respuesta ofrecida por el testigo en el acto del juicio a la pregunta abierta formulada contradice esencialmente previas manifestaciones y siempre, además, que el tribunal aprecie la contradicción y ofrezca a quien testifica la posibilidad de explicarla. La introducción, al formular las preguntas, de las previas informaciones prestadas por el testigo en otras fases del proceso, sin respetar las estrictas condiciones que deben darse para ello, es un elemento profundamente disruptivo de las reglas y el modo en que se debe desarrollar el interrogatorio plenario que altera, también, la calidad epistémica de la información así obtenida. Los altos niveles de sugestividad y capciosidad que introduce ese antinormativo modo de interrogar "sepulta" el relato plenario que pudiera ofrecer el testigo, impidiendo, en consecuencia, identificar y valorar aspectos tan decisivos como la calidad del recuerdo, el grado de precisión descriptiva, la propia narratividad del relato y la genuinidad de los términos y palabras empleadas por la persona interrogada. Una pregunta capciosa, sugestiva o ininteligible por superar la competencia lingüística de su destinatario introduce el alto riesgo de que la respuesta obtenida carezca de todo valor informativo. Que no corresponda a los términos de la proposición aparentemente interrogativa que la precede. Declaración indagatoria prestada una vez concluido el plazo del art. 324 LECr.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MENDOZA CUEVAS
  • Nº Recurso: 870/2024
  • Fecha: 11/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: NULIDAD: petición de prueba denegada que la parte considera pertinente por su relación directa con el hecho enjuiciado y necesaria para respaldar las postulados de la parte, por lo que su denegación habría causado indefensión. No hay tal dado que la prueba no se propuso en apelación y la vinculación entre consumo de tóxicos y atenuación no opera en los términos que pretende el recurso. DROGADICCIÓN: ni está probada la afectación ni cabe establecer la conexión entre el delito de quebrantamiento y el consumo en los términos propios de la delincuencia funcional. ESTADO DE NECESIDAD: no hay una necesidad real ni la conducta desarrollada es proporcional al supuesto mal que se pretendió evitar.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: FRANCISCO JOSE REVUELTA MUÑOZ
  • Nº Recurso: 906/2024
  • Fecha: 11/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Anula la sentencia del Juez Penal que absuelve a un acusado de un delito de quebrantamiento de medida cautelar. Acusado que teniendo vigente una orden de protección que le impide aproximarse y comunicarse con la persona que había sido su pareja sentimental, es sorprendido cuando se encuentra próximo a ella discutiendo acaloradamente entre ambos. Orden de protección. Prohibiciones de aproximación y comunicación. Fallo absolutorio por no estimar probado que el acusado se hubiere guiado por un ánimo de contrariar la orden judicial de protección. Nulidad de la sentencia por ausencia de motivación congruente entre lo declarado probado en la sentencia y los fundamentos jurídicos que sirven de base a la decisión. Las valoraciones probatorias que efectúa el juez penal se basan en una valoración incompleta de la testifical vertida en el plenario por la testigo de cargo, omitiendo en sus razonamientos aspectos relevantes de dicha declaración que convierten los razonamientos realizados por la misma en arbitrarios.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA JESUS MANZANO MESEGUER
  • Nº Recurso: 365/2023
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Anula la sentencia de la Audiencia Provincial que absuelve a un acusado del delito de estafa procesal continuada. Apelación contra sentencias absolutorias. Acusado que se aprovecha de la discapacidad mental de otro, y de su condición de tutor judicial del mismo, para llevar a cabo operaciones dinerarias e inmobiliarias en su propio beneficio y en perjuicio de una sociedad de la que era administrador único. Acusación particular. Expulsión del proceso de una sociedad que se persona en la causa como acusación particular, por haber adquirido a otra y entrar en su posición como perjudicada por las conductas objeto de acusación. Tutela judicial efectiva que se ve vulnerada por la imposibilidad de ejercer las acciones penales y civiles contra el acusado. Nulidad del juicio y retroacción del proceso para su repetición por tribunal distinto y con observancia de las previsiones legales.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS AGUEDA HOLGUERAS
  • Nº Recurso: 1644/2024
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FALSEDAD DOCUMENTAL: presentación de documentación en un expediente administrativo de residencia. REVISIÓN DE SENTENCIAS ABSOLUTORIAS: la posibilidad de revocar una sentencia absolutoria está limitada por la jurisprudencia constitucional y la actual redacción legal a los casos de error en el juicio de subsunción o en la valoración de la prueba. REVISIÓN DE LA PRUEBA: la valoración en segunda instancia de las declaraciones prestadas no es posible, ya que el visionado de la grabación no constituye inmediación. En el caso que nos ocupa el hecho probado no permite realizar un pronunciamiento condenatorio, máxime cuando la conclusión no es ilógica ni arbitraria.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.